Constituye el mero hecho de mentar a La Inquisición, resucitar probablemente uno de los episodios más
largos, a la par que oscuros de cuantos han venido a contextualizar la ya de
por sí larga a la par que sin duda compleja Historia de este, nuestro país.
Sin embargo no es por ello menos seguro el suponer que
probablemente nos encontremos ante uno
de esos casos tan repetidos en la Historia de un territorio tan prolijo como el
nuestro, en el que o bien se hable de oído, o tal vez y sin duda peor, lo dicho
no se corresponda sino con la reproducción, en la mayoría de ocasiones
desacertada, de rumores o dicciones que otros de parecida manera con
anterioridad también se habían limitado a reproducir.
Es en definitiva hablar del también denominado desde
principios del pasado Siglo XX Tribunal
de El Santo Oficio, tal y como dictaminó en 1908 Pío X; entrar en uno a
colación de uno de los elementos más dados a debate de cuantos pueden componer
el tejido conceptual de la Historia
de España, sobre todo por la controversia que se suscita a tenor tanto de su
implantación, como sobre todo por las consecuciones y en especial los medios de
los que hace gala para conseguir tales fines.
Se constituye así una estructura cuya indudable complejidad,
solo puede ser comprendida cuando el paso del tiempo aporta la perspectiva
suficiente como para poder inducir la inexcusable objetividad de cara a emitir
valoraciones satisfactorias en relación a un hecho de tan impactante repercusión
tanto para la vida de los que sufrieron su acción, como por supuesto para la
acción histórica que recae sobre la historia del país que acogió esas mismas
acciones.
Y si su complejidad resulta evidente a nivel estructural,
qué decir de la resultante a nivel de desarrollo.
Surgida a priori como un organismo
destinado a velar por la integridad de los principios que regían los
designios religiosos de aquéllos que componían Los Territorios Originales, en Acta Fundacional de uno de octubre
de 1478, lo cierto es que tal menester se vio rápidamente superado al ver en el
mismo sus inductores, un elemento magnífico a la hora de servirse de semejante
y suprema autoridad para imponer por el valor de lo divino, tanto elementos como desarrollos conceptuales que de cualquier
otra manera hubiera resultado poco menos que imposible inducir con presteza,
así como con una mínima garantía de éxito, en las mentes arduamente cerradas de
una población eminentemente analfabeta, que solo podía en consecuencia otorgar
designio de ley a cuanto procedía del sermón
aportado por el párroco de turno, cuya autoridad constituía una de las
pocas que no eran sometidas a discusión.
Así que si bien fue en la Castilla del XVI donde mayor menester desarrolló La Inquisición, lo
cierto es que sus orígenes procedimentales y conceptuales hemos de buscarlos en
Aragón, concretamente en el del Siglo XII.
Será por medio de la Bula Ad Abolendam , emitida por Lucio III hacia 1193que La
Inquisición haga su aparición como tal en Aragón. Emitida en principio en pos
de promover la desaparición de la Herejía Albigense tan extendida en el sur de Francia, los
efectos tanto de la bula, como de sus acciones, terminarán impregnando sin
remisión a Aragón,
Si bien resultaría peligroso garantizar el éxito de los
objetivos que al menos en principio La Iglesia perseguía con tal bula, lo
cierto es que no resulta para nada complicado asegurar el éxito de tal movimiento al menos en lo comprensible a
otros parangones, los cuales en cualquier caso tal vez no formaran parte de la
génesis del movimiento. Pero lo cierto es que lo proclive del momento, y la
aceptación generalizada que por parte del
común se hizo para con una manifestación de autoridad tan clara como
indigne, llevaron a las autoridades, tanto laicas
como religiosas, a sopesar sobradamente no solo el mantenimiento de tal
institución, como su posterior fortalecimiento y extensión por todos los
territorios en los que la misma fuera justificable o vinculante.
Será así pues que antes de acabe la segunda mitad del XIII,
el papa Gregorio IX hace pública la bula Excommunicamus ,
por la que queda instaurada en Aragón la Inquisición Pontificia ,
de la que Raimundo
de PEÑAFORT será el mayor velador.
Se da así la paradoja de que mientras que Aragón
prácticamente olvidará tal institución para mediados del XV, será Castilla, que
por otro lado jamás tuvo Inquisición Pontificia al recaer tal misión
directamente en manos de los obispos, la que no solo resucite tal organismo,
sino que además lo haga para redefinirlo, transformarlo y dotarlo de plena
vigencia. Hasta convertirlo en el sinónimo del terror bajo el que hasta
nuestros días ha perdurado.
Redundando brevemente en su origen, lo cual hay que hacer
por justicia, lo cierto es que La Inquisición se crea para luchar contra las
herejías, para velar por la pureza de culto y pensamiento al que éste ha de ir
inexorablemente ligado. En consecuencia, y de manera evidente, se concluye que
sus decisiones y juicios resultan tan solo vinculantes a los denominados cristianos viejos. Tal precisión, que en
el momento no significaba mucho toda vez que la mayoría de la población estaba
obligada a profesar la fe de Cristo; adquiere una consideración especial a
partir de acontecimientos tales como la
caída de Granada, y en especial la cadena de acontecimientos que
desencadenarán el creciente odio contra los judíos, y que desembocarán de
manera inexorable en la farsa del Proceso
del Santo Niño de la Guardia, motivo práctico final desde el que se
dictaminará la expulsión de los judíos, la
cual se desarrollará apenas en los seis primeros meses de 1492.
De las pesquisas de tales procedimientos, pero sobre todo de
la lectura a posteriori de las consecuencias que los mismos tuvieron, podemos
no obstante ahora hacernos una idea de la importancia que la institución logró
atesorar, una importancia que a nadie por otro lado le pasó inadvertida. Así,
desde su consolidación en Castilla, a partir del reflote que de la institución aragonesa se hizo, lo cierto es que los Reyes Católicos, y en especial
Isabel, sobre la que para bien o para mal ha de recaer el peso de las
consecuencias de la implantación de la Inquisición en Castilla; siempre
tuvieron muy claro que no deberían nunca perder el poder y la autoridad sobre la misma. Así ,
consideraciones fundamentales de carácter estructural, entre las que bien puede
destacar el nombramiento del tremendo cargo de Inquisidor General, jamás
dejaron de estar en manos exclusivamente regias, si bien algunos usaron tal
potestad con mejor ventura que otros. Así, los dos primeros inquisidores no
fueron nombrados hasta bien entrado 1480, recayendo el honor del cargo en las
personas de Miguel DE MORILLO, y Juan de SAN MARTÍN.
Se pone con ello fin al proceso que se había iniciado en
1477 cuando el dominico Juan de HOJEDA inicia la carga conceptual en pos de convencer a la Reina Isabel de la
imperiosa necesidad de poner fin a las múltiples
prácticas judaizantes que según éste se dan en Sevilla.
Preocupados ante la posibilidad de que aquélla que fuera
cuna de San Isidoro estuviera siendo mancillada, los monarcas piden informes,
petición que es rápidamente contestada por Pedro GONZÁLEZ DE MENDOZA, así como
por el dominico Tomás DE TORQUEMADA.
Los informes emitidos no solo vienen a corroborar punto por
punto los considerando expuestos por HOJEDA, sino que incluso vienen a aumentar
la intensidad de las afirmaciones por éste vertidas, aumentando con ello en
mucho el grado de preocupación esgrimida por los monarcas.
Resulta así no ya evidente, sino casi de obligado
cumplimiento que los Reyes Católicos promovieran activamente la puesta en
marcha de manera inmediata del Tribunal del Santo Oficio. Si bien éste tuvo en
principio limitado su radio de acción a Sevilla, no lo es menos que rápidamente éste se implementó a
Córdoba y zona de influencia, revelándose como la pieza más eficaz a la hora de
luchar contra la en apariencia voraz labor judaizante que se estaban llevando a
cabo.
Como no podía ser de otro modo, el primer Auto de Fe tiene lugar en Sevilla, donde
seis personas son quemadas vivas a principios del mes de febrero de 1481.
A partir de ahí la implementación es tan fulgurante como por
otro lado imparable. Para 1492 tenían tribunales ocho ciudades de la Corona de
Castilla a saber: Ávila, Córdoba, Jaén, Medina del Campo, Segovia, Sigüenza,
Toledo y Valladolid; los cuales desarrollaron una labor impresionante hasta
cuando menos la primera mitad del Siglo
XVI.
En lo concerniente a la incógnita de las causas que llevaron
tanto a su rápida implantación, como al éxito de sus acciones, muchas son las
variables que se manejan.
Así, en un primer análisis, su absoluta autoridad constituye una realidad muy agradecida en un
periodo y en un territorio en el que el pueblo está deseoso de alinearse con
una idea, poder o fuente de autoridad, que le aporte la tan necesaria ilusión
de estabilidad. En un territorio tan inestable, en el que a pesar de todo lo
dicho el poder regio se halla en cuestión, sobre todo por la existencia de una
nobleza levantisca deseosa de interpretar como procedente de la debilidad cualquier
movimiento, cuando no la ausencia del mismo; lo cierto es que un organismo con semejante génesis se pone rápidamente de
manifiesto como un instrumento del que no se puede despreciar ningún
ingrediente.
Además, o quién sabe si directamente a consideración de tal,
lo cierto es que las potencialidades que la estructuración
del Estado a partir de la
Unidad Religiosa , pone en manos de los monarcas una
herramienta cuya potencialidad, que raya en lo absoluto, se revelará enseguida
como el mejor si no el único elemento capaz de situar a un territorio como el
de Castilla, a la sazón uno de los más anticuados
en lo que concierne a estabilidad y concepto estructural, al frente en lo
propio a estabilidad, siendo uno de los más firmes integrantes a la hora de
definir los parámetros que habrán de componer lo que a partir de entonces
constituirá la idea de lo que luego llamaremos Estados Modernos.
En definitiva, y como única gran conclusión, lo cierto es
que la magnificencia que constituyó La Inquisición, sirve tan solo para poner
una vez más de manifiesto que jamás debemos cometer la injusticia de juzgar con
ojos del presente, acontecimientos y hechos sumidos en el pasado.
Luis Jonás VEGAS VELASCO.
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